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Biblioteca

Bienvenido a la Biblioteca del  IES Donoso Cortés

    La misión de nuestro programa de biblioteca es asegurar que
los estudiantes se convierten en usuarios efectivos de ideas e
información implementando, enriqueciendo y apoyando el proyecto
educativo del centro.


Nuestros objetivos:

  • Animar a los estudiantes a apreciar la literatura y a convertirse en ávidos lectores.
  • Proporcionar recursos y actividades que contribuyan al aprendizaje durante toda la vida.
  • Proporcionar
    experiencias educativas que propicien que los usuarios se conviertan en
    consumidores críticos y creadores de información efectivos.
  • Proporcionar
    un lugar que funcione como el centro de información del centro donde
    los estudiantes puedan desarrollar sus habilidades al máximo.
  • Proporcionar
    recursos y actividades de aprendizaje que comprendan la diversidad de
    experiencias, opiniones y perspectivas sociales y culturales.
  • ropocionar una integración de las habilidades relacionadas con la biblioteca con las de lal curriculum de la clase.


 


 

Consejo Escolar

COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR

La LOMCE, en su artículo 127, establece las siguientes competencias:

a)  Evaluar el proyecto educativo, el proyecto de gestión y las normas de organización y funcionamiento del centro.

b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica (por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social), la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3. (Los centros docentes públicos podrán obtener recursos complementarios, previa aprobación del director, en los términos que establezcan las Administraciones educativas, dentro de los límites que la normativa vigente establece. Estos recursos no podrán provenir de las actividades llevadas a cabo por las asociaciones de padres, madres y de alumnos y alumnas en cumplimiento de sus fines y deberán ser aplicados a sus gastos, de acuerdo con lo que las Administraciones educativas establezcan.)

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Composición:

  • Directora
  • Secretario
  • Jefe de Estudios
  • Siete representantes de los Profesores
  • Tres representantes de los Padres de Alumnos
  • Cuatro representantes de los Alumnos
  • Un representante del Personal de Administrción y Servicios
  • Un representante del Ayuntamiento 

PRESIDENTA

Dña. Carmen Serrano López

REPRESENTANTES DEL PROFESORADO


 José Leandro Venegas

(JEFE DE ESTUDIOS)

Miguel Bravo Becerra

(SECRETARIO)

 Nuria Adame Álvaro

 

 Juan Manuel Fernández Álvarez

Miguel Sánchez Ortiz
  Begoña Llorente Rubio

 


Alicia Bonilla Reyes

Representantes de padres y madres

 José Cándido Cruz


 

 


 Mª Carmen García López

Representantes del alumnado

Esperanza Gil Borrallo


 Mirian Díaz Hoffman

 

 


Esperanza Gil Borrallo

 


 

Representante de Administración y Servicios

 Carmen Periáñez

Representante Municipal

Óscar Díaz Hernández

C.C.P.

Competencias:

(Artículo 54 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

    La
comisión de coordinación pedagógica tendrá, en relación con el régimen
de funcionamiento regulado en el Título V de este Reglamento, las
siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.

b)
Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y
responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de
etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el
proyecto educativo del instituto.

c) Establecer las directrices
generales para la elaboración y revisión de las programaciones
didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y
profesional y del plan de acción tutorial, incluidos en el proyecto
curricular de etapa.

d) Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.

e) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.

f)
Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de
evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas
extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

g)
Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto
curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo
y la programación general anual, la evolución del rendimiento escolar
del instituto y el proceso de enseñanza.

h) Fomentar la
evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto,
colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los
órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes
de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas
evaluaciones.


Composición:

  • Director
  • Jefe de Estudios
  • Jefes de Departamento
  • Coordinador para las Tecnologías de la Información y de la Comunicación
  • Secretario

 Ejerce las funciones el Jefe de Departamento más joven

 

Claustro

    El Claustro de profesores del IES «Francisco Vera» consta en este momento de 41 profesores que prestan sus servicios en este Instituto de Enseñanza Secundaria, distribuidos en 15 departamentos.

Las funciones del Claustro son las siguientes:

 

Artículo 91.

 

Funciones del profesorado.

 

1.Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:

 

a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.

 

b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.

 

c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

 

d)La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.

 

e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.

 

f) La promoción, organización y participación en las actividades ncomplementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.

 

g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

 

h)La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

 

i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

 

j) La participación en la actividad general del centro.

 

k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros.

 

l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.

 

2.Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo.